Seguridad · Videovigilancia

Instalación y mantenimiento de sistemas de videovigilancia

Diseñamos cada sistema de videovigilancia a medida, lo instalamos y lo mantenemos desde nuestra sede en Peligros (Granada), con el cumplimiento de la normativa de protección de datos incluido en el proyecto.

  • RGPD · art. 22 LOPDGDD
  • Cámaras IP
  • Visualización remota
  • Mantenimiento

Videovigilancia a medida

Un proyecto adaptado a lo que necesitas vigilar

Los sistemas de videovigilancia son una herramienta para proteger, controlar y disuadir en los entornos que quieres proteger. Y no solo sirven para reducir la delincuencia o identificar a quien ha causado un daño: también se instalan para controlar procesos, gestionar stock, monitorizar el tráfico, reconocer matrículas o vigilar perímetros.

Analizamos tu caso personalmente y desarrollamos un proyecto totalmente a medida, sencillo y fácil de usar para quien lo maneja cada día.

  • Un solo interlocutor para el estudio, la instalación y el mantenimiento.
  • Ubicación y encuadre de cada cámara pensados también para la protección de datos.
  • Mantenimiento y avisos registrados y visibles en tu área de cliente.
Cámara domo de videovigilancia en el techo de una nave

Sistemas

Equipos de videovigilancia que instalamos

Combinamos cámaras, grabación y visualización según el espacio, la luz disponible y el uso que vas a dar a las imágenes.

Cámaras fijas

Vigilan puntos determinados de forma continua y pueden controlarse en remoto.

  • Visión nocturna
  • Detección de movimiento
  • Interior y exterior

Cámaras motorizadas

Permiten orientar la cámara y acercar la imagen desde el puesto de control para seguir lo que ocurre.

  • Movimiento y zoom en remoto
  • Grandes espacios con pocas cámaras
  • Recintos y aparcamientos

Infrarrojos y exterior

Para perímetros y zonas sin iluminación, donde una cámara convencional no ve lo suficiente.

  • Cámaras de infrarrojos
  • Cámaras para exterior
  • Perímetros de recintos y naves

Grabación

Grabadores con un almacenamiento flexible y económico, dimensionado para el plazo de conservación que marca la ley.

  • Grabación continua o por eventos
  • Búsqueda y exportación de imágenes
  • Supresión dentro del plazo legal

Visualización y control remoto

Es un circuito cerrado: las imágenes se ven en monitores, ordenadores o dispositivos móviles autorizados.

  • Puesto de control local
  • Acceso remoto protegido
  • Usuarios con permisos por cámara

Lectura de matrículas

Reconocimiento de matrículas en accesos de vehículos, integrado con nuestro software CRONOS.

  • Barreras de parkings y recintos
  • Registro de entradas y salidas
  • Consola de conserjería con vídeo

Normativa

Videovigilancia y protección de datos

Las imágenes de personas identificables son datos personales. Todo sistema de videovigilancia debe cumplir el Reglamento General de Protección de Datos (Reglamento (UE) 2016/679) y la Ley Orgánica 3/2018, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales (LOPDGDD), cuyo artículo 22 regula los tratamientos con fines de videovigilancia.

  • Art. 22.1 LOPDGDD

    Finalidad

    Tratar imágenes con el fin de preservar la seguridad de las personas y los bienes, así como de las instalaciones.

  • Art. 22.2 LOPDGDD

    Vía pública

    Solo puede captarse en la medida en que resulte imprescindible para esa finalidad.

  • Art. 22.3 LOPDGDD

    Conservación

    Las imágenes se suprimen en el plazo máximo de un mes desde su captación, salvo que deban conservarse para acreditar actos que atenten contra la integridad de personas, bienes o instalaciones. En ese caso, se ponen a disposición de la autoridad competente en un plazo máximo de 72 horas.

  • Art. 22.4 LOPDGDD

    Cartel informativo

    Un dispositivo informativo en lugar suficientemente visible que identifique, al menos, la existencia del tratamiento, la identidad del responsable y la posibilidad de ejercer los derechos de los artículos 15 a 22 del RGPD.

  • Art. 89 LOPDGDD

    Control laboral

    Información previa, expresa, clara y concisa a los trabajadores. Nunca se instalan cámaras en vestuarios, aseos, comedores y lugares análogos.

  • Art. 30 RGPD

    Registro

    El tratamiento se incluye en el registro de actividades de tratamiento del responsable.

Resumen orientativo: el texto de la LOPDGDD y del RGPD es el que define cada obligación. La Agencia Española de Protección de Datos publica una guía sobre el uso de videocámaras con un modelo de cartel.

Metodología

Cómo trabajamos un proyecto de videovigilancia

  1. Estudio

    Visitamos el espacio y definimos qué hay que vigilar, para qué y en qué horarios.

  2. Proyecto

    Ubicación y encuadre de cada cámara, grabación y puestos de visualización.

  3. Instalación

    Montaje, cableado y configuración de cámaras, grabadores y usuarios.

  4. Puesta en marcha

    Pruebas, cartel informativo, documentación y formación de uso.

  5. Mantenimiento

    Preventivo planificado y correctivo, con cada parte en tu área de cliente.

Seguridad integrada

La videovigilancia, conectada al resto de tu seguridad

Diseñamos la seguridad de forma integral: las cámaras aportan la imagen que confirma lo que detectan los demás sistemas.

GMAO y área de cliente

Tu videovigilancia, mantenida y a la vista

Nuestro GMAO propio organiza el trabajo de los técnicos, y desde tu área de cliente ves cada incidencia de una cámara o un grabador, su prioridad, su estado y el tiempo que tardamos en responder y en resolverla.

  • Abres los avisos desde el portal y sigues su prioridad, su estado y sus actuaciones
  • Registro de los tiempos de respuesta y de resolución de cada aviso
  • Calendario de preventivos, inventario, mapa de instalaciones y documentos
  • Partes firmados en el móvil, en PDF con huella SHA-256 y enviados por correo
Incidencias en el área de cliente con prioridad, estado y tiempos de respuesta y resolución
Captura real de nuestro GMAO con un cliente de demostración (datos ficticios).

Sectores

Videovigilancia para cada tipo de instalación

Administraciones públicas

Sedes administrativas, equipamientos municipales y edificios de atención al público.

Universidades y campus

Accesos, aparcamientos y edificios repartidos en un mismo recinto.

Industria y logística

Seguridad del recinto y supervisión de procesos industriales y de stock.

Aparcamientos

Control de accesos de vehículos, lectura de matrículas y monitorización del tráfico.

Empresas y comercios

Oficinas, locales y naves que quieren proteger, controlar y disuadir.

Perímetros

Vallados de recintos, naves y zonas exteriores sin vigilancia presencial.

Sistemas de seguridad

Otros sistemas que diseñamos, instalamos y mantenemos

Teclado iluminado de una central de alarma

Intrusión

Alarmas y detección perimetral con el grado de seguridad adecuado.

Conocer más
Mano acercando una tarjeta a un lector de control de accesos

Control de accesos

Personas y vehículos, con tarjeta, teclado, huella o matrícula.

Conocer más
Técnico revisando un cuadro eléctrico

Mantenimiento

Preventivo y correctivo de las instalaciones de seguridad.

Conocer más

Preguntas frecuentes

Dudas habituales sobre videovigilancia

¿Cuánto tiempo se pueden conservar las grabaciones?

La Ley Orgánica 3/2018 de protección de datos establece en su artículo 22 que las imágenes deben suprimirse en el plazo máximo de un mes desde su captación, salvo que deban conservarse para acreditar actos que atenten contra la integridad de personas, bienes o instalaciones. En ese caso deben ponerse a disposición de la autoridad competente en un plazo máximo de 72 horas.

¿Es obligatorio colocar un cartel de zona videovigilada?

Sí. Hay que informar de la existencia del sistema mediante un dispositivo informativo en lugar suficientemente visible que identifique, al menos, la existencia del tratamiento, la identidad del responsable y la posibilidad de ejercer los derechos de protección de datos. La Agencia Española de Protección de Datos publica un modelo de cartel.

¿Pueden las cámaras grabar la vía pública?

Solo en la medida en que resulte imprescindible para la finalidad de seguridad del sistema. Diseñamos la ubicación y el encuadre de cada cámara para evitar captar más espacio público del necesario.

¿Se pueden ver las cámaras en remoto?

Sí. Las cámaras IP pueden visualizarse y controlarse en remoto desde ordenadores o dispositivos móviles autorizados, con el acceso protegido y permisos por usuario.

¿Se puede integrar la videovigilancia con la alarma y el control de accesos?

Sí. Las cámaras permiten verificar visualmente las alarmas de intrusión y asociar imágenes a los pasos del control de accesos. Con CRONOS se leen además las matrículas en las barreras de parkings y recintos.

¿Qué mantenimiento necesita un sistema de videovigilancia?

Revisiones preventivas planificadas del estado de cámaras y grabadores, de los encuadres y de la grabación, y la reparación cuando algo falla. Todo queda registrado en nuestro GMAO y lo consultas desde tu área de cliente. Más información en mantenimiento de sistemas de seguridad.

¿Quieres vigilar un edificio, un recinto o un aparcamiento?

Estudiamos el espacio, te proponemos la ubicación de las cámaras y nos ocupamos de la instalación y el mantenimiento.